20/5/14

Nic.ar otra manera de recaudar...

Buenas gente!!!!!
Una vez mas les traigo info de algo que personalmente me resulto muy turbio... Claro esta que la info que voy a poner mas abajo no la recopile yo, sino que directamente hice un copi paste!!! Pero eso no le quita importancia para nada! Asi que aca les dejo algo de lo que esta pasando con el nuevo nic.ar, el cual por ejemplo, por renovar un dominio (tramite anual) te cobra $160... Pero lean bien a donde van a parar esos pesos... Sin mas:


Sobre Nic.ar, el arancelamiento y la facturación
Posted on 10/05/2014 por DAX
Y bueno, este tema sigue dando para mucho, por ende, seguiremos hablando de Nic Argentina y esas cosas extrañas que uno va descubriendo a medida que pasa el tiempo.

No voy a hacer una historia de los cambios que hizo nic.ar este último tiempo, creo que quién mejor se ha encargado de hacerlo es el blog "Cada loco con su blog, no?", por ello, simplemente me voy a remitir a algo que estuve investigando debido a un comentario que me llegó respecto de quién factura el servicio de trámites de Alta, renovación y publicación en el Boletín Oficial.

Este rumor o consulta que me llegó fué algo así cómo: "dicen que factura un estudio de abogados o La Ley".

Y esto, hablando de la factura que emite nic.ar por el servicio de registro y publicación de alta o renovación de dominios.

Con esta acuciante duda, lo primero que hice fue descargar de la página de nic.ar alguna de las facturas emitadas por nic.ar por trámites que efecué dando de alta un dominio o renovando aquellos que no tengo opción y debo mantener como .com.ar

Descargué la factura y la visualicé y, para mi sorpresa, figura como emisor lo siguiente:

Logotipo y texto Nic Argentina (y, debajo)
La Ley S.A.E. e I. – Ente Cooperador

Todo tal como se ve en las capturas siguientes:

Nic.ar otra manera de recaudar...

Gobierno






Debo aclarar que el dominio mostrado no es mio, en si, sino que yo asumí el compromiso de registrarlo y hacerme cargo del costo, como colaboración con dicha agrupacion.

El siguiente paso, fue buscar al titular del CUIT denunciado en la factura, para poder saber realmente quién es el emisor. Y el resultado fue el siguiente:


cobra

Entonces, primera parte, confirmado que quién emite la factura es la empresa La Ley (Editorial La Ley S.A.), los siguientes pasos fueron averiguar desde cuando esto es así y a quién pertenece dicha empresa.

En la búsqueda he llegado hasta algo reconocido y publicado en su página web por la propia empresa:

- 1988: Se comienza a publicar el Boletín Oficial

La Ley firmó un convenio con el Ministerio de Justicia para la publicación del Boletín Oficial, para la cual se ha formado un Ente Cooperador entre nuestra empresa y el organismo mencionado, a través del cual La Ley es la encargada de la publicación, impresión y distribución del Boletín y la administración del mencionado Ente.

Aquí, ya podemos empezar a sacar algunas conclusiones de por donde viene la mano y a quién se le puede haber ocurrido publicar en el boletín oficial los trámites de alta de dominios para justificar el cobro del arancel (recordemos que el arancel no sólo es por el alta y/o renovación, sino también por su publicación en el boletín oficial).

Por el lado de la segunda pregunta, ésta es respondida también en la misma página, los dueños de Editorial La Ley es la corporación Thomson Reuters, compañía bien nacional y popular, si las hay.

Además, un dato interesante que surge de esta compañía, como síntoma característico de las épocas que vivimos es que, quien fuera el presidente de La Ley, hoy a cargo de Global Growth & Operations en Thomson Reuters, Gonzalo Manuel Lissarrague, está inscripto en la AFIP como trabajador autónomo Categoria T1 Cat III Ingresos hasta $15.000, tal como consta en el comprobante siguiente:

mantenimiento

Honestamente no puedo entender como a un organismo como la AFIP, que tan certeramente controla a todos los ciudadanos argentinos y no les permite hacer pasar una (viajes al mundial de Brasil, viajes a la pelea de Maidana, etc.), se le haya escapado esto, ¿o será que es un amigo y mejor mirar hacia otro lado?

En fin, volviendo al tema La Ley, nic.ar y su facturación, queda claro que todo esto es transparente, tan transparente como un mar de tinta china. Y digo esto por varios motivos:

Toda dependencia nacional está obligada a tener CUIT para sus operaciones cotidianas, mas en lo que hace al cobro de tasas o tarfias, si embargo, nic.ar, no tiene CUIT.

El catalogar al "acuerdo" con La Ley como un Ente Cooperador mediante el cual La Ley se encarga de todo, incluso de administrar el Boletín Oficial, suena mas bien a una privatización encubierta que permite derivar fondos del estado a un pozo negro no alcanzado por los controles de auditoría legales.

Que la factura esté a nombre de La Ley S.A. con el logotipo de Nic.ar (cuando el acuerdo enunciado comprende solamente al Boletín Oficial) me recuerda a la típica situación argentina "che, ¿me prestás tu CUIT asi puedo facturar una changa?". Esto lleva a otra pregunta, si un particular cualquiera hiciera esto y es descubierto por la AFIP, este organismo ¿lo dejaría pasar?

Y la pregunta mas engorrosa para la cual no encontré respuesta: ¿Adonde van a parar los fondos recaudados por los trámites realizados ante nic.ar?

En fin amigos, ya ven, Argentina, país generoso.



Eso era lo del copy paste


Y uds que opinan???

Aprovecho para decir que me resulta desagradable la nueva manera de Hacer post...

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