25/12/13

El fraudeamplio y Pluna

El fraudeamplio y Pluna

Pluna: el fallo de la jueza De los Santos
El cuento del tío
Este martes se conoció el fallo de la jueza de Crimen Organizado Adriana de los Santos, por el que los gerentes de Leadgate fueron procesados con prisión por un delito de estafa. La jueza insistió en el fallo en que las maniobras en contra del Estado surgieron desde el inicio del proceso de asociación.


En su dictamen la jueza señala que los gerentes de Leadgate comenzaron su actividad en 2004 "manifestando tener experiencia corporativa y conocimiento en reestructuración de empresas con dificultades, consistiendo su negocio en incrementar el valor de las mismas para su posterior venta, obteniendo así una ganancia ("pingües beneficios"; finalidad ésta que también aplicaron en su asociación con el Estado uruguayo al adquirir el 75% del paquete accionario de "Pluna S.A." No obstante ello, ese aumento de valor no operaba necesariamente por la mejora de la empresa, sino por el despliegue de una serie de maniobras y estratagemas".

"De allí que muchos de los acontecimientos acaecidos en el desarrollo de la gestión empresarial están ligados indefectiblemente con dicha finalidad, al punto de que la única explicación de que hubieren sucedido, debe encontrarse en ese ánimo de lucro que guiaba a los indagados nombrados", agrega el documento de la jueza.

La jueza también señala vínculos entre el padre de Matías Campiani y el Paul Elberse, quien fue el responsable de la consultoría que culminó con la contratación de Leadgate, como una de las opciones de asociación posible.

De los Santos señala que la actuación de Leadgate fue "desde el inicio una cadena de irregularidades, omisiones y estratagemas artificiosas en beneficio propio y en perjuicio del Estado uruguayo y la sociedad en su conjunto".

En la primera compra de aviones, se había acordado con el directorio comprar tres aviones y los accionistas compraron seis. "En igual sentido, en el curso de la gestión financiera de la empresa, los indagados enajenaron gran parte del activo fijo de ésta, por valor superior al aporte de capital inicial de quince millones de dólares", agrega la jueza.

"Trazado así su objetivo, era necesario presentar balances que no respondían a la realidad, presentarlos en forma tardía, retacear información a los directores públicos y contratar consultas con diferentes especialistas a elevados costos. A modo de ejemplo la serie de consultas realizadas por el Dr. R. O. G., que le eran favorables a sus intereses", señala el comunicado que aclara que no se trata de un análisis de la gestión empresarial de los gerentes de Ladgates, sino de las conductas con que "tienen las notas de antijurídica, típica y dolosa, configurando una figura delictiva".

En esa misma línea, De los Santos sostiene que "el plan de negocios proyectado, no se cumplió por la voluntad deliberada de los indagados en beneficiarse en sus interese personales como surge de la sucesión de hechos que se fueron sucediendo y por contar el socio privado con mayoría de votos".

"También resulta acreditado las múltiples y permanentes tratativas de los indagados por vender su paquete accionario en "Pluna S.A.", finalidad ésta que constituye el génesis de toda la maniobra, incluso proyectando una carta de intención de fecha 3 de abril de 2012 con la empresa TRIPS Brasil, tratativas que nunca fueron puestas en conocimiento del socio público, lo que perfila sus verdaderas intenciones: la obtención de provechos indebidos en perjuicio del Estado, ya que por un lado aumentaban sustancialmente los adeudos de la empresa, mientras que por el otro presentaban una supuesta situación de regularidad de funcionamiento", añade el auto de procesamiento luego de realizar una extensa cronología de hechos en los que el Estado fue engañado.
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